Blogia
Música Con Criterio

El fiscal pide cuatro años por un "trapicheo" en un piso

El fiscal pidió ayer ante la Audiencia Provincial de Zaragoza la pena de cuatro años de prisión para María Soledad Jiménez Barrul, Bouadjar Medhjou y Ramón Bernardo Bonilla, por un supuesto delito de tráfico de estupefacientes. Todos ellos sin antecedentes penales.La defensa por su parte, pide la absolución, alegando consumo propio por sus problemas psicológicos, probados por prueba bioquímica.

Los hechos se remontan a mediados de 2005. La policía tenía constancia de que existía un piso en la calle del Coso Nº 107 3º B de Zaragoza, en el que se distribuía sustancias estupefacientes, por parte de los moradores del piso y personas que colaboraban con ellos. La titular del domicilio era María Rocío Barrul Hernández y sus tres hijas, su novio, del que solo se sabe que se llama Omar, Ramón Motos Jiménez y otro individuo sin identificar.

Según fuentes policiales, la venta de estupefacientes comenzaba a la hora del atardecer y se prolongaba hasta entrada la noche. Las entregas se hacían con las máximas precauciones por parte de los tres individuos, y gracias a su sincronización no se logró interceptar ninguna venta, ni lograr ninguna detención.

La policía pidió una orden para la entrada y registro de domicilio, y el Juzgado de Instrucción lo acordó el 30 de junio de 2005. Una vez establecido el dispositivo de vigilancia un joven subió al piso, y a su salida, considerando que el motivo de la visita era la compra de estupefacientes, unos agentes le siguieron y procedieron a su identificación, tratándose del ya filiado Ramón Bernardo Bonilla. De su bolsillo derecho del pantalón le encontraron una bolsa con 23’4 gramos de cocaína. Al poco rato llegó otro sujeto al piso, y los participantes del dispositivo procedieron a bloquear dicha puerta de entrada, así como a la identificación de los moradores.

La policía, tras su registro, entregaron todos las sustancias y aparatos eléctricos intervenidos. Analizadas las sustancias intervenidas en el registro, resultaron ser: 0’28 gramos de haschish, 0’88 gramos de cocaína con una riqueza del 36’6, y 59’17 gramos de sustancia no sometida a fiscalización (probablemente polvos de talco). El valor de la sustancia intervenida en el mercado es de 1.440 euros. Sin embargo, la defensa alega que esa sustancia no fiscalizada no se debería tomar en cuenta, ya que no se ha probado que se trate de sustancia estupefaciente. Sin ese hecho, la pena resultaría mucho menor.

El fiscal alegó que los supuestos hechos constituyen un delito contra la salud pública del artículo 368 del Código Penal. Se pidió la pena de 4 años (lo mismo que tentativa de homicidio), la inhabilitación especial del derecho a sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de 3.000 euros con la responsabilidad personal de sesenta días de privación de libertad.

0 comentarios